sábado, 13 de fevereiro de 2016

Bien jurídico y valor de hecho

I. 

El ponto de partida de todo ética social viene constituido por juicios de valor positivo, aplicables a los valores relevantes de la generalidad o del individuo. El sustrato de tales juicios de valor, el mundo de los “bienes jurídicos”, es de gran diversidad, comprendiendo desde la vida a la asignación de valores económicos, desde el honor del individuo a la existencia del Estado, desde la formación de niño en edad escolar a las funciones de la economía. La suma de estos juicios de valor positivos, que se interrelacionan de diversos modos, caracteriza ao Estado jurídicamente querido, al “orden social.

Este orden social puede verse perturbado por sucesos muy diversos. Mientras que tales perturbaciones entrañan una valoración negativa, en cambio todos los suceso que impiden esas perturbaciones se valoran positivamente. Lo que evita que se produzca una mente o una pérdida de propriedade aparecerá como algo positivo juridicamente..(KAUFMANN-p. 23/24).

Professorvalfredoalvesteixeira

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